Como sabéis, nosotros solemos dedicar el contenido de nuestro blog a información jurídica y no tanto a actualidad, pero en este caso se unen ambas materias. Desde que el pasado 18 de marzo se aprobara el Real Decreto Ley que permitía a las empresas hacer un ERTE por causas de fuerza mayor amparadas en el COVID 19, ya son más de 500.000 las solicitudes presentadas.

Este aluvión ha supuesto que la Administración -trabajando a medio gas por la falta de medios para el teletrabajo- haya resuelto apenas un 25% de las peticiones, y no siempre en sentido positivo.

¿Qué ocurre si me deniegan el ERTE por fuerza mayor?

En el caso de que se haya denegado la posibilidad de hacer un ERTE con estas condiciones, la empresa deberá de abonar los salarios devengados hasta la fecha, lo que provoca que sin ingresos de ningún tipo durante este tiempo más de 50.000 empresas (según informa el diario Expansión) se vean abocadas al concurso de acreedores.

¿Qué consecuencias tiene un Concurso de Acreedores para los trabajadores?

La declaración de concurso de acreedores no paraliza la actividad de la empresa por lo que hasta que no se diga lo contrario los trabajadores siguen teniendo que acudir a su puesto de trabajo. Es decir, la declaración, por si misma no supone el despido de la plantilla.

Una de las posibilidades, y la más habitual es que la empresa declarada en concurso proceda a hacer un ERE, con una indemnización máxima de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

¿Y si la empresa me debe salarios y entra en concurso de acreedores?

Los trabajadores tienen reconocido dos tipos de privilegios respecto de las cantidades que les adeude la empresa concursada:

1.- Se les reconocerá un crédito contra la masa por los salarios pendientes de pago. Pero solo de los que se hayan devengado 30 días antes de la declaración del concurso. Y opera además el límite del doble del salario mínimo interprofesional.

2.- Se les reconocerá un crédito con privilegio general por los salarios e indemnizaciones pendientes de pago. Pero solo por las no reconocidas conforme se ha expuesto en el punto anterior. Y con el límite del triple del salario mínimo interprofesional.

 

Tanto si eres empresa como trabajador y tienes cualquier duda sobre ERTE y las consecuencias de la denegación del mismo no dudes en llamarnos